En materia de derecho, todo asunto intransigible es aquel sobre el que las partes no pueden efectuar la renuncia de derechos.
Según la Real Academia Española de Letras, intransigible tiene varias acepciones: 1) Lo que no se puede aceptar, consentir o tolerar. 2) Lo que no puede dejarse pasar ni ignorarse, no puede ser burlado porque es forzoso. 3) Lo que no puede ser objeto de transacción.
Por ello se lo considera también un derecho que es irrenunciable e intransigible, puesto que no cabe la transacción en materia de alimentos porque significaría una renuncia a ellos, cuando lo que se busca tutelar es la vida.
En derecho público, al igual que en materia de mediación, los únicos conflictos posibles de ser conciliados son aquellos que son renunciables o transigibles. Es decir que un asunto intransigible no puede ser susceptible de ser objeto de mediación para la solución de la controversia, ya que el acuerdo voluntario y extrajudicial al que se llega con intervención de la figura neutral del mediador, debe poner fin al conflicto siempre y cuando se trate de materia transigible.
Sinónimos de intransigible
innegociable
Antónimos de intransigible
transigible
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Formato para citar
"Intransigible". En: Que Significado. Disponible en: https://quesignificado.com/intransigibles/ Consultado: 5 de noviembre de 2024.