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Del latín advocatus y del verbo advocar o “abogar”, abogado significa “proximidad al llamado de auxilio”, formado por el prefijo ad que refiere a proximidad y vocatus o “llamado de auxilio”. Un abogado es el profesional del derecho que brinda asesoramiento jurídico y tiene capacidad legítima para defender los derechos de su cliente o representado en juicio, sea por escrito o de palabra.

Un abogado es un perito en leyes que puede ejercer la abogacía legalmente, carrera universitaria requerida por la mayoría de los ordenamientos jurídicos para legitimar la profesión, además de la inscripción en un Colegio de Abogados.

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Los abogados que poseen el título oficial tienen habilitación e incumbencia para ejercer la abogacía general ya que no existe la especialización universitaria, aunque en la práctica es muy común la elección de una especialización de facto como el derecho de familia, sucesiones, civil, penal, comercial, laboral, entre otros.

La función preventiva es la principal función de un abogado, cuya tarea de asesoramiento jurídico permite evitar conflictos legales y conocer el alcance de los derechos y obligaciones.

Llegada la hora de la defensa en juicio de un derecho o resolución de un conflicto, es indispensable comparecer ante el tribunal asistido por la presencia de un abogado.

Hay funciones como las actuaciones judiciales que son a título propio, y otras funciones extrajudiciales como los acuerdos privados o contratos, donde el abogado evidencia su habilidad para la negociación.

Un abogado no puede representar en juicio a partes contrapuestas (como ambos cónyuges en un juicio de divorcio) puesto que también sus intereses lo son, pero si puede actuar entre ellas como árbitro y asesorarlas conforme a derecho.

El abogado que por causas públicas ejerce con altruismo la abogacía es un abogado pro bono o también ad honorem. Y el abogado llamado de oficio, o de turno, es aquel que defiende a ciudadanos sin recursos, de cuyos honorarios profesionales se ocupa el estado.

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